miércoles, 2 de diciembre de 2009

DERECHO A UNA VIVIENDA

La Constitución Española de 1978. - Artículo 47.
Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada.
¿Esto quiere decir que todos los españoles tienen derecho a una vivienda en propiedad? Me parece que no.
¿Quiere decir que con los impuestos hay que dar viviendas a quienes no tienen recursos para tenerlas? Yo diria que la Constitución no habla nada de dar, si no del derecho a disfrutar.
Conozco, por un amigo, los métodos de acceso a la vivienda que hay en Dinamarca, y la verdad es que me parecen muy acertados.
1º. Las viviendas sociales son todas en alquiler. Te asignan una vivienda según tus necesidades y pagas un alquiler que se desglosa en dos pagos principales:
-Uno que paga el alquiler propiamente dicho y los gastos de la casa.
-Y Otro que se destina al pago de deterioros, que si no los hay van sumandose en un saldo que te dan cuando abandonas la vivienda.
Es decir, en el momento que alquilas empiezas a ahorrar.
¿Que pasa con esto? Que los jóvenes cuando antes se marchen a un alquiler, antes empiezan a ahorrar e ir acumulando para más tarde acceder al mercado líbre de la vivienda o para un negocio. Así que provoca la temprana emancipación y que las viviendas públicas sean disfrutadas por quien las necesita.
¿Que pasa aquí? Que al día siguiente de que te dán en propiedad una vivienda pública por no tener un chavo, puedes ser un millonario con una vivienda pública.
Saludos Ñeros