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miércoles, 16 de marzo de 2011

ESPAÑA CONDENADA POR EL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS


Aviso a España en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La corte de Estrasburgo ha condenado a España a pagar 23.000 euros a un exdiputado autonómico por violar su derecho a la libertad de expresión cuando el Supremo le condenó a un año de cárcel por «injurias graves» a la corona por haber llamado al Rey «jefe de los torturadores».
Los magistrados critican la «severidad» y «desproporción» de imponer pena de prisión por un simple «juicio de valor» a «un cargo elegido por el pueblo» (diputado autonómico).
La corte reprocha sin ambages la protección que da el Código Penal a la monarquía frente a los ataques verbales y zanja que la figura del jefe del Estado no puede «ser inmune a las críticas por razón de sus funciones oficiales o como representante del Estado».
El Tribunal Supremo Español condenó en el 2005 al exdiputado autonómico a una pena de un año de prisión por entender que sus palabras «afectaban a la esencia de la dignidad fundamental del Rey». Sentencia que luego confirmó el Constitucional.
La Corte de Estrasburgo reprocha a España que el Código Penal dé una «protección» reforzada al Rey frente a «declaraciones ofensivas». Esta «legislación especial», sentencia el tribunal, es «en principio incompatible con el espíritu de la Convención Europea de Derechos Humanos». La corte considera que «el hecho de que el Rey ocupe una posición de neutralidad en el debate político, una posición incluso de árbitro y símbolo de la unidad del Estado, no puede hacerle inmune a la crítica en el ejercicio de sus funciones oficiales o como representante del Estado».
La sentencia incide en que el hecho de que el Rey sea «irresponsable», según la Constitución española, «no puede impedir un debate libre de su posible responsabilidad institucional a la cabeza del Estado», siempre que éste se sitúe «dentro de los límites del respeto a la reputación como persona».